Acutel ha presentado una serie de alegaciones a la propuesta presentada por la CNMC para la regularización de ocupaciones irregulares de las infraestructuras pasivas de Telefónica y la modificación del contrato-tipo de la oferta MARCo. El contenido de estas alegaciones fue dado a conocer al colectivo durante la asamblea celebrada por la asociación el pasado 16 de junio en Puerto Real.

En sus alegaciones, la asociación afirma que se detectan distorsiones procedimentales y entiende que la modificación de la propuesta de la oferta MARCo de Telefónica se aparta de la práctica de la CNMC y podría ir en perjuicio del resto de operadores. Considera a ese respecto, que se mezclan dos ámbitos

separados en la práctica de la CNMC: la modificación de una oferta regulada (MARCo) y las relaciones entre operadores ajenas a dicha oferta. Y en estas últimas no puede existir, entiende Acutel,  un tratamiento especial para Telefónica.

Acutel propone que en los casos ajenos al ámbito de la oferta regulada se articulen procedimientos aplicables a todos los operadores que consideren que se ha ocupado de  manera irregular sus infraestructuras.

La asociación afirma que se estaría otorgando a Telefónica una posición privilegiada  puesto que puede desinstalar redes ajenas, sin previa decisión motivada de la CNMC y sin acreditar la titularidad de las infraestructuras que afirma como suyas. En la cara contraria, a los demás operadores cuando pretendan proteger sus infraestructuras deberán plantear conflictos ante la CNMC.

Acutel cuestiona que a Telefónica le baste con su denuncia, sin que se le exija ningún tipo de acreditación acerca de su titularidad o derecho de uso sobre la infraestructura supuestamente “ocupada”. Igualmente rechaza que se le permita desinstalar redes y otros elementos de terceros.

La asociación solicita una ampliación de los plazos de los procesos a una duración razonable y que se desglosen del expediente las cuestiones ajenas, de manera que todo lo referente a operadores no firmantes de MARCo se instruya como procedimiento separado.

Por último, se pide que si, -como consecuencia de los cambios que puedan introducirse tras este trámite de audiencia-, las modificaciones de la actual propuesta fueran sustanciales, se someta a segunda audiencia el nuevo informe-propuesta de resolución.